Se entiende por acta la relación de alumnos matriculados en una asignatura, con derecho a examen, por convocatoria y grupo, en su caso, generada por la aplicación informática de gestión académica. Este procedimiento afecta principalmente al Profesorado, las Secretarías de los Centros, Departamentos y Servicio de Informática de la UGR y se inicia con anterioridad al comienzo del periodo de matrícula, porque el Rectorado de la Universidad de Granada ordena publicar el Calendario del Curso Académico en el que se establecen las fechas límite para la entrega de Actas.
Esta información se encuentra disponible, en su caso, en la página web de la Universidad y en la del Centro.
En cuanto a las diligencias, pueden realizarse de “oficio” por la administración basadas en motivos técnicos o administrativos, o de “inclusión” y por “error en las calificaciones” en las que deberá firmar el Secretario y el Profesor o Profesores responsables de la asignatura. Cuando la modificación por error en la calificación afecte al alumno de forma negativa, será imprescindible notificar al interesado.
Las actas se elaboran por los profesores teniendo para ello un plazo establecido de 10 días después de la realización del examen. Los alumnos tienen acceso a través de Internet a las calificaciones.