Los 60 créditos ECTS correspondientes a las Materias Básicas de la Rama de Ciencias de la Salud superados por cualquier alumno/a procedente de otra titulación dentro de la Universidad de Granada u otra Universidad serán reconocidos de forma automática siempre que el título cursado pertenezca a la misma rama.
- Una materia básica se reconocerá de forma independiente al resto cuando ya haya sido superada por el alumno/a en otro título perteneciente a una rama diferente a la de Ciencias de la Salud.
- También se reconocerán los créditos superados por un alumno/a de Terapia Ocupacional procedente de otra universidad andaluza cuando estén incluidos en el 75% de acuerdo entre las diferentes Universidades Andaluzas (Título de Graduado/a en Terapia Ocupacional).
- Los ECTS correspondientes a otras materias diferentes a las expresadas anteriormente se reconocerán por la Comisión establecida a tal efecto por la Dirección de la Facultad de Ciencias de la Salud, previo informe (no vinculante) del profesor de la materia en cuestión.
- De acuerdo con el artículo 46.2.i) de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, se podrán reconocer hasta 6 créditos por la participación de los estudiantes en actividades de representación estudiantil, cooperación, y actividades culturales y deportivas. El reconocimiento de estos créditos supondría que el alumno/a debería cursar sólo 3 de las 4 asignaturas optativas propuestas.