Normas de Permanencia

La Universidad de Granada ha aprobado las “ Normas de permanencia para las enseñanzas universitarias oficiales de grado y máster” por las que se regulan la admisión, el régimen de permanencia y verificación de los conocimientos de los estudiantes.

Entre otros aspectos, se contemplan aspecto como las modalidades de dedicación al estudio (estudiantes a tiempo completo, parcial y reducido), número de convocatorias de evaluación, aspectos relacionados con los resultados académicos en el primer curso, plazos de permanencia como estudiante de grado y de máster, cómputo de convocatorias y años en los traslados de expediente, etc.

El Consejo Social de la Universidad de Granada en su sesión de fecha 28 de junio de 2016 ha aprobado las Normas de Permanencia en esta Universidad que entran en vigor en el curso 2016/17 para todos los alumnos matriculados en los Grados.

Puntos más significativos de las mismas:

  • La Universidad garantizará un mínimo de dos convocatorias por curso académico para la evaluación de una determinada asignatura. Para su superación el estudiante dispondrá de un máximo de 6 convocatorias, entre ordinarias y extraordinarias.
  • Para el cómputo del máximo de 6 convocatorias se contabilizarán todas en las que el estudiante se haya presentado.
  • Para poder proseguir sus estudios, los estudiantes matriculados en cualquier titulación de la Universidad de Granada deberán superar, en su primer año académico, al menos 6 créditos, y 12 créditos más en el segundo año académico. El que no supere esos mínimos no podrá volver a matricularse en la misma titulación.
  • El número máximo de semestres de permanencia en los grados impartidos en la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales será de 14 semestres en los que se haya matriculado.
  • Los estudiantes que incumplan algunos de los requisitos de permanencia no podrán proseguir sus estudios en la titulación en la que se encontraran matriculados.