Trabajo Fin de Grado

Trabajo Fin de Grado

NORMATIVA DE LA FACULTAD DE FILOSOFÍA Y LETRAS SOBRE LA MATERIA “TRABAJO FIN DE GRADO” PARA EL CURSO ACADÉMICO 2013- 2014 (NORMATIVA DE REFERENCIA: DIRECTRICES DE LA UNIVERSIDAD DE GRANADA SOBRE EL DESARROLLO DE LA MATERIA “TRABAJO DE FIN DE GRADO” DE SUS TITULOS DE GRADO, APROBADAS EN CONSEJO DE GOBIERNO CON FECHA 4 DE MARZO DE 2013 Y POR LA JUNTA DE FACULTAD EL 21 DE MARZO DE 2013)

 

El Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, indica en su artículo 12 que estas enseñanzas concluirán con la elaboración y defensa de un Trabajo de Fin de Grado (en adelante TFG), de entre 6 y 30 créditos, que deberá realizarse en la fase final del plan de estudios y estar orientado a la evaluación de competencias asociadas al título. Asimismo, en el punto 8 del anexo I del citado Real Decreto se habla de un procedimiento general de la Universidad para valorar el progreso y los resultados de aprendizaje de los estudiantes, entre los que se alude a los TFG. Este procedimiento se ve matizado en el Real Decreto 861/2010, de 3 de julio, por el que se modifica el Real Decreto 1393/2007, que habla del progreso y los resultados de aprendizaje de los estudiantes en términos de las competencias expresadas en el apartado 3 de la memoria de verificación del título (competencias generales y específicas que los estudiantes deben adquirir durante sus estudios, y que sean exigibles para otorgar el título). Desarrollado el mapa de titulaciones de Grado de la Universidad de Granada y cercanos a la implantación de los últimos cursos en los que debe impartirse la materia de TFG, la Universidad de Granada desarrolla estas directrices con objeto de regular los aspectos normativos relacionados con la implantación de dicha materia en los títulos de Grado de esta Universidad.

 

Las presentes directrices son de aplicación al TFG de los títulos de

Grado de la Facultad de Filosofía y Letras y se ocupa de los aspectos referentes a su tipología, tutorización y procedimientos de matriculación, gestión y evaluación.

 

2.1. El TFG debe ser un trabajo personal que refleje las competencias adquiridas por el estudiante.

2.2. El TFG deberá ajustarse a alguno de los siguientes tipos:

 Estudio de casos, teóricos o prácticos, relacionados con la temática del Grado, a partir de material ya disponible en los Centros.

  •  Trabajos experimentales, de toma de datos de campo, de laboratorio, etc.  Elaboración de un informe o un proyecto de naturaleza profesional.
  • Trabajos derivados de la experiencia desarrollada en prácticas externas, siempre que no coincida con el material presentado para evaluar las prácticas externas, en el caso de que éstas constituyan una asignatura del plan de estudios.
  • Elaboración de un plan de empresa.
  • Trabajos bibliográficos sobre el estado actual de una temática relacionada con el  Grado.
  • Cualquier otra modalidad que esté recogida en la memoria de verificación del Título.

 

3.1. Salvo aquellos casos en los que la memoria de verificación del correspondiente título de Grado indique un procedimiento diferente o incluya requisitos adicionales, el estudiante no podrá matricular el TFG hasta el último curso.

3.2. Para poder matricular la asignatura, el estudiante deberá tener superados el 60% de los créditos de la titulación, entre los que se deberán incluir todas las materias obligatorias y básicas de primer y segundo curso.

3.3. En el momento de matricular el TFG, el estudiante deberá matricular el total de los créditos que le falten para finalizar el Grado.

3.4. La calificación del TFG no se podrá incorporar al expediente académico del estudiante hasta que haya aprobado el resto de los créditos de la titulación.

3.5. Al igual que en el resto de asignaturas, la matriculación dará derecho a dos convocatorias de evaluación coincidentes con los periodos oficiales.

 

4.1. El coordinador del título será el responsable de coordinar los aspectos académicos y procedimentales relacionados con la asignatura.

4.2. La misión del tutor consistirá en asesorar al estudiante sobre el enfoque del trabajo, la metodología y recursos a utilizar, supervisar la memoria, etc. Antes de proceder a su defensa, el tutor debe emitir un informe motivado para su consideración por la Comisión Evaluadora.

4.3. El tutor deberá ser un profesor de un ámbito de conocimiento con docencia en el Grado. En función de las características del trabajo, se contempla la posibilidad de dos cotutores. En el caso de que el TFG se derive de prácticas externas, uno de los cotutores puede proceder de la empresa u organismo en el que se desarrollaron dichas prácticas.

4.4. El cómputo de la dedicación de los tutores se reflejará en la dedicación docente del profesorado según los criterios que establezca el Plan de Ordenación Docente, que deberá contemplar el reconocimiento tanto para la modalidad de tutorización individual como tutorización en grupos de estudiantes. Dada la incertidumbre sobre el número de estudiantes que estarán en disposición de cursar el TFG cada curso académico, la dedicación del profesorado se computará como carga docente en el curso siguiente a la defensa del TFG.

 

5.1.Antes del comienzo del curso académico, para cada uno de sus títulos el Centro hará pública una resolución sobre los TFG, con los siguientes aspectos:

5.1.1. Protocolo: Primero. Asignación de ámbitos de conocimiento y sus respectivos profesores, especificando el número de TFG ofertados por profesor:

a. Todo el profesorado será incluido con una oferta de TFG equitativa, teniendo en cuenta que la oferta de cada grado deberá incluir al menos un 10% más de trabajos que de estudiantes previstos para su matrícula.

b. Los ámbitos ofertados serán los propios de cada grado, por lo que quedan a criterio de cada titulación incluir otros ámbitos con docencia en el grado.

c. Se remitirá al vicedecano de Ordenación Académica la oferta definitiva de cada titulación.

Segundo. Elección del profesor por parte del alumnado:

a. Cada estudiante deberá realizar su solicitud mediante la entrega de un impreso en el Registro de la Secretaría del Centro, donde especifique un máximo de tres profesores estableciendo su orden de preferencia.

b. Dentro de los límites establecidos en el punto primero, cada profesor seleccionará a sus estudiantes entre los aspirantes.

c. Para aquellos estudiantes que queden sin asignar tras este proceso, la coordinación de cada titulación habilitará nuevamente el proceso por el que el alumnado volverá a solicitar tutor de entre los profesores que dispongan de plazas en su oferta, y estos elegirán a sus estudiantes.

d. Para aquellos estudiantes que aún no tengan una plaza otorgada, la Comisión de Asuntos Académicos del Centro junto con la coordinación de cada titulación les asignará el tutor correspondiente.

5.1.2. Las actividades desarrolladas por el estudiante serán 100% no presenciales.

5.1.3. Los criterios de evaluación de los TFG serán los especificados en la memoria de verificación de cada grado.

5.1.4. La mención de “Matrícula de Honor” se asignará según el criterio de cada Comisión de Evaluación, y de acuerdo con el reglamento general de la UGR.

5.1.5. Aspectos formales de la memoria: - Extensión: entre 5.000 y 8.000 palabras. - Contenidos: introducción, objetivos, metodología, conclusiones y bibliografía. - Formato: A4, papel y pdf. - Número de ejemplares: tres en formato impreso y uno en formato electrónico.

5.1.6. Plazos: - Publicación de la oferta de TFG: del 2 al 20 de septiembre 2013. - Asignación de tutores: del 23 de septiembre al 31 de octubre de 2013. - Entrega de originales al tutor: el 30 de abril de 2014 para la convocatoria ordinaria y el 31 de julio de 2014 para la convocatoria extraordinaria. - Defensa pública del TFG: del 2 de junio al 18 de julio de 2014 y del 1 al 19 de septiembre de 2014.

5. 2. Esta resolución deberá ser aprobada por la Comisión de Asuntos Académicos del Centro en colaboración con la coordinación de las titulaciones, que velarán para que los contenidos de los trabajos ofertados sean apropiados para las titulaciones y que su extensión y grado de dificultad se ajuste al número de créditos asignado al TFG en el plan de estudios, y posteriormente ratificada por la Junta de Centro. La resolución será publicada, al menos, en la página electrónica de cada grado, en http://grados.ugr.es y en la página electrónica del Centro.

 

6.1. Como regla general, los TFG deberán ser sometidos a una defensa en sesión pública ante una Comisión Evaluadora durante un tiempo máximo de 20 minutos, que podrá estar seguido por un periodo de debate con la Comisión de hasta 20 minutos.

6.2. Las Comisiones de Evaluación estarán constituidas por tres profesores de la Universidad de Granada que en ese momento se encuentren tutelando otros TFG. El tutor no podrá formar parte de las Comisiones Evaluadoras de los estudiantes que tutele.

6.3. Tras el acto de defensa, la Comisión Evaluadora procederá a la calificación del trabajo, teniendo presente la memoria presentada, la exposición y debate realizados durante el acto de defensa y el informe emitido por el tutor. Como criterios de evaluación se deberá tener presente, al menos, la adquisición de competencias que se citan en el punto 3.2 del anexo I del RD 861/2010 para Graduado, así como lo establecido en lo referente al TFG en la memoria de verificación de cada título.

6.4. La calificación emitida por la Comisión Evaluadora será de carácter numérico y se obtendrá por la media aritmética de la calificación emitida por cada uno de sus miembros. A requerimiento del estudiante, la Comisión Evaluadora proporcionará las plantillas de evaluación o emitirá un breve informe en el que se motive la calificación obtenida.

6.5. Para la calificación del TFG se tomará como base el modelo de plantillas de evaluación recogido en la página electrónica del Vicerrectorado de Enseñanzas de Grado y Posgrado.

 

7.1. Los TFG estarán sometidos a los correspondientes derechos de autor así como de la propiedad intelectual o industrial que dictamine la legislación, tanto de los estudiantes y de los tutores como de las empresas u organismos que pudieran estar involucrados en su elaboración.

7.2. El plagio, entendido como la presentación de un trabajo u obra hecho por otra persona como propio o la copia de textos sin citar su procedencia y dándolos como de elaboración propia, conllevará automáticamente la calificación numérica de cero. Esta consecuencia debe entenderse sin perjuicio de las responsabilidades disciplinarias en las que pudieran incurrir los estudiantes que plagien.

7.3. Las memorias entregadas por parte de los estudiantes tendrán que ir firmadas sobre una declaración explícita en la que se asume la originalidad del trabajo, entendida en el sentido de que no ha utilizado fuentes sin citarlas debidamente.