Mar, 19/05/2026 - 06:44
Por encargo del Vicerrectorado competente, se traslada la información recibida en relación con el Paro Académico convocado por la Delegación General de Estudiantes de la Universidad de Granada para los días 21 y 22 de mayo de 2026, en aplicación del Reglamento de Paro Académico de la Universidad de Granada (aprobado por el Consejo de Gobierno en sesión ordinaria de 16 de diciembre de 2024 y publicado en el BOUGR n.º 260, de 20 de diciembre).
A continuación se reproduce íntegramente el contenido remitido:
Primero. El paro académico, entendido como el cese voluntario y previamente acordado por parte del estudiantado de sus obligaciones académicas con el objeto de defender sus derechos y en apoyo a sus reivindicaciones, es un derecho reconocido al estudiantado universitario por la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario (art. 33.p LOSU), cuyo régimen jurídico se ha desarrollado en la Universidad de Granada por el Reglamento de Paro Académico de la Universidad de Granada, aprobado en la sesión ordinaria del Consejo de Gobierno de 16 de diciembre de 2024 (BOUGR núm. 260, de 20 de diciembre).
Segundo. El citado Reglamento ampara el derecho al paro académico en defensa de los derechos y en apoyo de las reivindicaciones del estudiantado de la Universidad de Granada, así como el derecho a la educación del estudiantado que no desee secundar el paro académico.
Tercero. De conformidad con el Reglamento de Paro Académico, la duración del paro no podrá ser superior a dos días hábiles consecutivos, salvada la eventual prórroga por un único periodo adicional de la misma duración máxima, y no consecutivo al inicial (art. 15 del Reglamento).
Cuarto. De conformidad con el artículo 2.2 del Reglamento de Paro Académico, se excluyen del ámbito de aplicación del paro académico, y por tanto no se deberán ver afectadas por él, las prácticas clínicas, así como las prácticas externas curriculares, las prácticas extracurriculares, y aquellas actividades que por motivos técnicos, humanos o materiales no puedan ser desplazadas de fecha durante la ejecución del paro académico, siempre y cuando se trate de actividades de asistencia obligatoria para la evaluación del estudiantado.
Quinto. En caso de estar previamente programada la realización de pruebas de evaluación en la fecha en que se celebre el paro académico, se ruega adoptar medidas adecuadas con normativa de que el seguimiento del paro académico no supondrá ningún perjuicio en la evaluación del estudiantado (art. 19.2 del Reglamento de Paro Académico).
Sexto. Según lo establecido en el punto cuarto, y como continuación del anterior, el profesorado evitará programar, salvo razones justificadas y debidamente motivadas, la realización de actividades de asistencia obligatoria y/o de evaluación durante la ejecución del paro académico.En este punto, se solicita colaboración y/o la de las direcciones de Departamento, para determinar motivadamente cuáles serán estas actividades, así como para garantizar que estas se hagan públicas entre la comunidad universitaria del Centro y que se remitan a la Delegación de Estudiantes del Centro.
Séptimo. Para las actividades docentes que están recogidas expresamente en el art. 2.2, la motivación viene dada por la aplicación de lo expresamente dispuesto en el Reglamento. Para el resto de las actividades no contempladas en el citado artículo, no será precisa una motivación para cada una de ellas en particular, siendo suficiente una motivación común para todos los supuestos que guarden entre sí identidad de razón.
Esta información ha sido remitida a las direcciones de los Departamentos adscritos a la Facultad, para que se informe al profesorado que pudiera tener encargos docentes durante la realización del paro.
En cumplimiento de lo indicado, desde el Decanato se traslada esta información a los departamentos, con el ruego de que se traslade al estudiantado y se tenga en cuenta en las previsiones en la organización de la actividad docente durante los días 21 y 22 de mayo.
Para cualquier cuestión o aclaración, podéis contactar con el Decanato de la Facultad de Farmacia (decanatofarmacia@ugr.es).