Reconocimiento y Transferencia de Créditos

  • La Universidad de Granada dispone de un Reglamento general sobre adaptaciones, convalidaciones y reconocimiento de créditos que se adaptará a los conceptos de reconocimiento y transferencia de créditos de acuerdo con su definición en los Artículos 6 y 13 del R.D. 1393/2007.
  • El reconocimiento y transferencia de créditos se realizará siguiendo los criterios generales establecidos en los artículos 6 y 13 del RD 1393/2007 y demás normativa vigente. La tabla adjunta presenta la propuesta para el sistema de reconocimiento y transferencia de créditos se ha seguido el criterio de igualdad de asignaturas en el Plan de Estudios actual y de materias de nueva implantación. Este sistema garantiza el reconocimiento directo de materias de forma objetiva y no deja ningún tipo de ambigüedad en cuanto a las materias de convalidación. El exceso de créditos que resulten de la adaptación entre el Plan a extinguir y el Plan nuevo serán transferidos a créditos optativos siguiendo los criterios acordados por la Universidad de Granada.

Tabla de convalidación/adaptación de créditos y asignaturas de la Licenciatura de Geología al nuevo Título de Grado en Geología

LICENCIATURA GRADO
CristalografíaCristalografía
Mineralogía IMineralogía
Mineralogía IIMineralogía determinativa
Geología estructural y dinámica global
Plegamiento y fracturación
Geología estructural
EstratigrafíaEstratigrafía
SedimentologíaSedimentología
FísicaFísica
MatemáticasMatemáticas
EstadísticaEstadística/Geoestadística
Paleontología IBiología
Paleontología II
Historia de la vida
Paleontología
Petrología ígnea
Petrología metamórfica
Petrología
QuímicaQuímica
Trabajo de Campo de Estratigrafía, Sedimentología y Paleontología
Trabajo de campo de Geomorfología
Trabajo de campo I
Trabajo de campo de Geodinámica interna
Trabajo de campo de Petrología
Trabajo de campo II
Geofísica
Introducción a la prospección geofísica
Geofísica
Yacimientos minerales, recursos energéticos y prospección geoquímicaYacimientos minerales
Recursos energéticos y prospección de recursos geológicos
Geología ambiental e ingeniería geológicaGeología ambiental e ingeniería geológica
HidrogeologíaHidrogeología

El reconocimiento y transferencia de créditos del resto de las asignaturas se realizará conforme a los criterios de la Comisión de Convalidación de la titulación. En este caso, se tratarán de forma personalizada los casos particulares presentados por los alumnos. En el caso de las asignaturas optativas o de libre configuración que figuran en el Plan de Estudios actual, el reconocimiento de los créditos se podrá hacer por asignaturas concretas o por créditos totales a petición de los alumnos y a criterio de la Comisión de Convalidación. En cualquier caso, el sistema de reconocimiento propuesto siempre está dentro y conforme a los propios criterios y normativa que tiene establecida la propia Universidad de Granada a estos efectos. Obviamente, dichos criterios están sujetos a cambios siempre y cuando desde la propia universidad se establezca una nueva normativa o se modifique la existente de cara a los sistemas de reconocimiento y transferencia de créditos previstos para las nuevas titulaciones de grado.

  • En relación a los estudios realizados en universidades fuera de España, la Universidad ha establecido el pleno reconocimiento de los estudios realizados en la universidad de destino, de acuerdo con el compromiso establecido en la Erasmus Charter (Acción 1 del subprograma Erasmus). El Reglamento de la Universidad de Granada sobre movilidad internacional de estudiantes (aprobado por Consejo de Gobierno el 18.12.2012) establece, en su art. 8.f), que los estudiantes enviados en cualquiera de las modalidades previstas en el Reglamento tendrán derecho “Al pleno reconocimiento de los estudios realizados, como parte del plan de estudios de grado o posgrado que estén cursando en la UGR, en los términos previstos en el Acuerdo de Estudios y con las calificaciones obtenidas en la universidad de destino.”
  • Por otra parte, de acuerdo con el artículo 46.2.i) de la Ley Orgánica 6/2001, de Universidades, y el art. 12.8 del R.D. 1393/2007, por el que se establece ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, los estudiantes podrán obtener reconocimiento académico en créditos por la participación en actividades universitarias culturales, deportivas, de representación estudiantil, solidarias y de cooperación hasta un máximo de 6 créditos del total del plan de estudios cursado.