Trabajo Fin de Grado

Los TFG se encuentran regulados en el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales. Por un lado, en su artículo 12 se indica que estas enseñanzas incluirán la elaboración y defensa de un TFG, de entre 6 y 30 créditos, que deberá realizarse en la fase final del plan de estudios y estar orientado a la evaluación de competencias asociadas al título. Por otro lado, el punto 8 del anexo I, establece que las Universidades aprobarán un procedimiento general para valorar el progreso y los resultados de aprendizaje del estudiantado, entre los que se citan los TFG. Asimismo, el Real Decreto 861/2010, de 2 de julio, por el que se modifica el Real Decreto 1393/2007, confirma la realización de un TFG para la conclusión de las enseñanzas de Grado.

Las siguientes Directrices respetan y desarrollan, en algunas de sus partes, la vigente Normativa, “Reglamento del Trabajo o Proyecto Fin de Grado de la Universidad de Granada”, aprobado en sesión ordinaria de Consejo de Gobierno de 21 de noviembre de 2022 (BOUGR núm. 187, de 28 de noviembre de 2022) y modificado en la de 25 de abril de 2023 (BOUGR núm. 197, de 28 de abril de 2023).

En los siguientes enlaces se puede descargar información relativa a la normativa de TFG en el Doble Grado en Ciencias Políticas y de la Administración y Derecho