Se entiende por acta la relación de alumnos matriculados en una asignatura, con derecho a examen, por convocatoria y grupo, en su caso, generada por la aplicación informática de gestión académica. Este procedimiento afecta principalmente al Profesorado, las Secretarías de los Centros, Departamentos y Servicio de Informática de la UGR y se inicia con anterioridad al comienzo del periodo de matrícula, porque el Rectorado de la Universidad de Granada ordena publicar el Calendario del Curso Académico en el que se establecen las fechas límite para la entrega de Actas.
En cuanto a las diligencias, pueden realizarse de “oficio” por la administración basadas en motivos técnicos o administrativos, o de “inclusión” y por “error en las calificaciones” en las que deberá firmar el Secretario y el Profesor o Profesores responsables de la asignatura. Cuando la modificación por error en la calificación afecte al alumno de forma negativa, será imprescindible notificar al interesado.