Acreditación de lengua extranjera

Los estudiantes de la UGR deben acreditar el conocimiento de una de lengua extranjera según el nivel fijado para cada título, generalmente el B1 (dentro del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas), según acuerdos del Consejo Andaluz de Universidades.

Para acreditar el nivel será necesario presentar un diploma o certificado obtenido tras la realización de una prueba de domino de la lengua extranjera de nivel B1 o superior. La documentación oficial que se admitirá para acreditar la competencia en una lengua extranjera se indica en esta tabla (Descargar) .

El Consejo de Gobierno de la Universidad de Granada, en su sesión ordinaria de 15 de octubre de 2013, aprobó el Procedimiento para el reconocimiento de la acreditación de lengua extranjera en los estudios de Grado de la Universidad de Granada (Descargar) .

Si quieres ver un resumen de algunas cuestiones que te interesa saber sobre la acreditación de nivel en lengua extranjera puedes descargarte este documento (Descargar) .

NOTA IMPORTANTE PARA EL ALUMNADO DEL DOBLE GRADO: las asignaturas Inglés Instrumental III e Inglés Instrumental IV del grado en Estudios Ingleses (285) tomadas conjuntamente darán derecho a la exención de la acreditación externa, esto es, los alumnos que superen ambas asignaturas tendrán derecho a la exención de la acreditación de lengua extranjera.