Normas de Permanencia

La Ley Orgánica de Universidades establece como competencia de cada Universidad la regulación del acceso, el progreso y la permanencia. Por lo que se refiere a la permanencia, en primer lugar, hay que distinguir entre la permanencia tras el primer año sin haber superado ninguna asignatura y la permanencia en los siguientes cursos, cuando el alumno/a ha podido agotar las convocatorias de una asignatura.

La Universidad de Granada ha aprobado las “Normas de permanencia para las enseñanzas universitarias oficiales de grado y máster” por las que se regulan la admisión, el régimen de permanencia y verificación de los conocimientos de los estudiantes. Entre otros aspectos, se contemplan aspecto como las modalidades de dedicación al estudio (estudiantes a tiempo completo, parcial y reducido), número de convocatorias de evaluación, aspectos relacionados con los resultados académicos en el primer curso, plazos de permanencia como estudiante de grado y de máster, cómputo de convocatorias y años en los traslados de expediente, etc.

Puede consultar aquí las Normas de Permanencia en la UGR