El título de Grado en Pedagogía por la Universidad de Granada se propone formar profesionales en sistemas, instituciones, contextos, recursos y procesos educativos y formativos, así como en los procesos de desarrollo personal, profesional, social y cultural que concurren de forma integrada en las personas y grupos a lo largo de toda la vida. Estos y estas profesionales han de ser competentes tanto en el diseño, gestión, desarrollo y evaluación de planes, proyectos, programas y acciones formativas y educativas adaptadas y contextualizadas, como en su análisis, seguimiento y asesoramiento, realizando intervenciones educativas y formativas en contextos organizacionales y laborales.
El desarrollo de este perfil académico, personal y profesional va en relación directa con los ámbitos de desempeño profesional, que para este título son los siguientes:
El Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, en su artículo 9.1., propone que las enseñanzas de grado tengan como finalidad la obtención por parte del estudiante de una formación general que oriente a la preparación de una actividad profesional; para ello, cualquier actividad profesional, según lo dispuesto en el artículo 3.5, ha de desarrollarse desde el respeto a los derechos fundamentales de igualdad entre hombres y mujeres, la promoción de los Derechos Humanos, basados en los principios de no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad, de acuerdo con los valores propios de una cultura de paz y de valores democráticos.
El principio de igualdad entre mujeres y hombres, recogido en la Ley 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, se reconoce como un principio jurídico universal y básico, reconocido en diversos textos internacionales sobre derechos humanos. Aunque el acuerdo generalizado de igualdad formal supone un avance en la obtención de derechos entre mujeres y varones, ésta resulta ser insuficiente en su realidad social. Entre las actuaciones propuestas en el artículo 25 de la citada Ley 3/2007, relativo al ámbito de la educación superior, se encuentra la inclusión, en los planes de estudio en que proceda, de enseñanzas en materia de igualdad entre mujeres y hombres.
Para el logro de estos principios, y en lo que supone en muchos casos una doble discriminación por razón de sexo y discapacidades, o bien porque no se garantiza igualdad de oportunidades a las personas con discapacidad en muchos ámbitos sociales y profesionales, la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad, en su desarrollo general y, en particular, en su artículo 12, plantea medidas de sensibilización y formación que conduzcan a acciones formativas para la promoción de la igualdad de oportunidades y la no discriminación.
Por su parte, garantizar una cultura sin discriminaciones supone el desarrollo de valores, comportamientos, actitudes, prácticas, sentimientos, creencias que conformen una cultura de paz. Así queda recogido en la Ley 27/2005, de 30 de noviembre, de fomento de la educación y la cultura de paz, que incluye en su artículo 2º la promoción en todos los niveles del sistema educativo [de] asignaturas [que] se impartan de acuerdo con los valores propios de una cultura de paz, y la creación de asignaturas especializadas en cuestiones relativas a la educación para la paz y los valores democráticos. Asumiendo el sentido y la finalidad de todas estas disposiciones, el título de Grado en Pedagogía por la Universidad de Granada contempla los siguientes objetivos:
- Garantizar al alumnado aquellos conocimientos, prácticas y experiencias de estudio, análisis y comprensión de la educación y de la formación, contextualizados en su medio social, político, cultural, temporal y geográfico, haciendo uso de un extenso rango de recursos intelectuales, planteamientos teóricos y prácticos y disciplinas académicas.
Los objetivos de esta titulación ponen en juego presupuestos en los que la actividad profesional de los pedagogos y las pedagogas requiere el desarrollo de unas competencias adecuadas a dichos ámbitos, competencias que configuran un nuevo perfil profesional.
De una amplia y versátil formación académica a través del catálogo de materias que se ofrece; del desarrollo humano del alumnado en la titulación de grado; del abordaje de aspectos que posibiliten su autonomía de pensamiento, y de la formación de criterios analíticos e instrumentales que lleven a plantear problemáticas y propuestas de acción e intervención en el ámbito de la educación y la formación, de todo ello, depende que se lleven a cabo los principios de acción propuestos anteriormente en esta titulación. La expresión de este cometido queda recogida en un conjunto de competencias que se detallan a continuación, y que no se agotan en la realización profesional inmediata, sino que contemplan potenciales desarrollos formativos, en distintos periodos de la vida, que han de identificarse proyectando nuevos campos posibles.