Los criterios generales adoptados para facilitar la adaptación al nuevo plan de estudios de los estudiantes del plan que se extingue y que se reflejan en la tabla adjunta, son los siguientes:
Pueden ser objeto de convalidación todas las asignaturas troncales y obligatorias del plan vigente, pero no todas las obligatorias del plan nuevo (incluyendo en este concepto el de materias de formación básica); en particular, del plan nuevo no se incluirá la materia “Transversal”, que deberá ser cursada necesariamente. Tampoco podrá ser convalidado el Trabajo Fin de Carrera.
La Tabla persigue convalidar las asignaturas troncales superadas en el Plan vigente por las materias obligatorias del nuevo Plan, con las que tengan una identidad de contenidos de, al menos, el 75 %.
Se procura una identidad entre los créditos de las asignaturas superadas en el Plan vigente con las que deban convalidarse en el Nuevo Plan. En el caso de que el número de créditos superados de una asignatura troncal en el Plan vigente fuese inferior en dos al número de créditos de la asignatura correspondiente en el nuevo Plan, la convalidación sólo podrá hacerse a través de los créditos correspondientes a una asignatura optativa o de L.C.E. de la misma Área de conocimiento.
Una misma asignatura del Plan de Estudios de 2000 no podrá ser utilizada para convalidar varias asignaturas del título de Grado.
Los créditos del Plan antiguo se expresarán en créditos ECTS mediante su conversión a través de la siguiente fórmula: (X x 0,8))
Los créditos correspondientes a asignaturas optativas y de libre configuración del plan que se extingue podrán adaptarse al nuevo plan mediante su convalidación por créditos correspondientes a asignaturas optativas del plan nuevo. La fórmula matemática de adaptación será “créditos optativos o de libre configuración del plan antiguo” X 0,8 = “Créditos de materias optativas del plan nuevo”; donde el número máximo de créditos de optativas del plan nuevo será 55.
El Equipo Docente en su sesión de 5 de noviembre del 2008 aprobó la siguiente Tabla de Adaptación de Asignaturas del Plan de Licenciado en Derecho del 2000 al nuevo Plan de Grado en Derecho, que deberá ser aplicada a aquellos alumnos que iniciaron sus estudios por el Plan de Estudios conducente a la obtención del título en licenciado en Derecho del año 2000 y que quieran finalizarlos acogiéndose al Plan de Estudios que regule la obtención del Título de Grado en Derecho.
Los créditos correspondientes a asignaturas optativas y de libre configuración específica del plan que se extingue y que no puedan ser convalidadas por ninguna del nuevo Plan podrán incorporarse al nuevo título como materias extracurriculares, teniendo el correspondiente reflejo en el Suplemento al Título.