Perfil del estudiante.
Aun cuando no está previsto ningún requisito previo para el acceso al grado en Derecho, y al margen de ulteriores desarrollos normativos, se entiende conveniente que el alumno posea una formación previa que facilite la adquisición de los conocimientos, las competencias y habilidades asociadas a esta titilación. En este sentido, los futuros estudiantes de la Facultad de Derecho deberían reunir, como mínimo, el siguiente perfil: * - Contar con una buena formación lingüística en lengua española, que los capacite para desarrollar una correcta exposición oral y escrita y una óptima capacidad de lectura comprensiva. * - Conocimientos básicos sobre la realidad social, económica y política tanto de nuestro país como de los ámbitos internacionales más influyentes en nuestra esfera geopolítica. * - Capacidad de memorización y síntesis. * - Capacidad para el desarrollo de trabajo individual y colectivo. * - Conocimientos básicos de alguna de las lenguas de la Unión Europea.
Requisitos referidos a acceso y admisión.
El acceso al Grado en Derecho no requiere de ninguna prueba complementaria a las establecidas legalmente de carácter nacional. De acuerdo con el Art. 14 del R.D. 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, el acceso a las enseñanzas oficiales de Grado requerirá estar en posesión del título de bachiller o equivalente y la superación de la prueba a la que se refiere el Art. 42 de la Ley Orgánica 6/2001, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril. Esta normativa ha sido posteriormente modificada por el RD 1892/2008, de 14 de noviembre, por el que se regulan las condiciones para el acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de grado y los procedimientos de admisión a las universidades públicas españolas, cuyo art. 3 amplia las mencionadas modalidades de acceso. Esta disposición prevé, entre otras situaciones relacionadas con la movilidad internacional de estudiantes, no solo el clásico procedimiento de acceso a la universidad de las personas mayores de 25 años, sino otros novedosos procedimientos de acceso para personas que, habiendo cumplido 40 años de edad, estén en condiciones de acreditar una determinada experiencia profesional o laboral, y para personas mayores de 45 años. La Universidad de Granada forma parte del Distrito Único Andaluz, a los efectos del acceso de los estudiantes a las titulaciones correspondientes. La fijación del Distrito Único Andaluz se regula en la Ley 15/2003, de 22 de diciembre, de Universidades Andaluzas (BOJA no 14 de 16 de enero de 2004). Es, por tanto, la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa de la Junta de Andalucía la que fija las vías y los procedimientos de acceso a las universidades de nuestra Comunidad Autónoma. Se pueden consultar dichos procedimientos en el sitio web de la Dirección General de Universidades de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa de la Junta de Andalucía en Internet en (http://www.juntadeandalucia.es/temas/estudiar/universidad/acceso.html) La información sobre la prueba de acceso a la Universidad se encuentra publicada en la página web http://www.ugr.es/~ofiinfo/infogen/selectividad.php, donde aparecen las convocatorias de cada curso académico. Por otro lado, en la página web http://www.ugr.es/~ofiinfo/infogen/ingreso.php se recoge el procedimiento de prescripción en las distintas Titulaciones de la UGR. La información sobre las distintas vías de acceso se puede consultar en http://serviciodealumnos.ugr.es/pages/pruebas_acceso