Normas de Permanencia

La Universidad de Granada ha aprobado las “Normas de permanencia para las enseñanzas universitarias oficiales de grado y máster” por las que se regulan la admisión, el régimen de permanencia y verificación de los conocimientos de los estudiantes.

Entre otros aspectos, se contemplan aspecto como las modalidades de dedicación al estudio (estudiantes a tiempo completo, parcial y reducido), número de convocatorias de evaluación, aspectos relacionados con los resultados académicos en el primer curso, plazos de permanencia como estudiante de grado y de máster, cómputo de convocatorias y años en los traslados de expediente, etc.

Para más información, consultar la página http://grados.ugr.es/pages/permanencia

Las Normas de Permanencia en esta Universidad entran en vigor en el curso 2011/12 para todos los alumnos matriculados en los Grados.

Estas Normas, dada su importancia, deberá consultarlas en el siguiente enlace:

Normas de permanencia

Puntos más significativos de las mismas:

- Los estudiantes dispondrán de dos convocatorias por curso académico para la evaluación de una determinada asignatura, y un máximo de 6 convocatorias, entre ordinarias y extraordinarias para la superación de cada asignatura.

- Para el cómputo del máximo de 6 convocatorias se contabilizarán todas en las que se matricule el estudiante, aunque no se presente a los procedimientos de evaluación y figure en las actas con la anotación de “No Presentado”.

- Los estudiantes deberán superar, en su primer año académico, al menos el 20% de los créditos. El que no supere ese mínimo no podrá volver a matricularse en la misma titulación. No obstante, podrán iniciar otros estudios de la Universidad de Granada, siguiendo los procedimientos normales de acceso a los mismos por preinscripción.

- Los estudiantes que decidan abandonar sus estudios deberán solicitar la suspensión del plazo de permanencia y sólo podrán pedir el reingreso tras al menos DOS CURSOS académicos.

ACREDITACIÓN DE IDIOMA EXTRANJERO.

Antes de la obtención del Título de Grado, los estudiantes deberán acreditar la competencia lingüística en una lengua extranjera de nivel B1 o superior, conforme al Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas. Más información: http://vicengp.ugr.es y en: https://uniweb.ugr.es/grados/pages/acreditacion.