Ayudas Injuve para la Creación Joven, año 2025-2026.

Mar, 22/04/2025 - 10:52
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21/04/2025
La imagen muestra un ordenador portátil con una imagen que confirma una transacción existosa realizada por la persona que se encuentra utilizándolo

📅 Fecha: Hasta el 06 mayo 2025

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🔗 Convoca: Dirección General del Instituto de la Juventud.


🎯 Objeto:

Favorecer el trabajo de jóvenes creadoras/es, con la finalidad de fomentar la actividad creadora, facilitar su promoción y la difusión de su obra, a la vez que propiciar su incorporación al ámbito profesional, mediante la ayuda a proyectos a desarrollar durante el año 2026 en el ámbito de:

  • Artes escénicas y visuales

  • Cómic e ilustración

  • Diseño

  • Literatura

  • Música

Con proyección suprautonómica, nacional o internacional, a través de las siguientes líneas de actuación:

a) Investigación
b) Producción de obra
c) Movilidad de obra producida y/o creadoras/es
d) Comisariado de la Sala Amadís del Instituto de la Juventud
e) Emprendimiento para la creación emergente


✅ Requisitos:

Personas físicas y jurídicas, mayores de edad, de nacionalidad española y todas aquellas con residencia legal en España, que:

  • No superen los 30 años de edad (para las líneas a), b), c) y d))

  • No superen los 35 años de edad (para la línea e))

En la fecha límite de presentación de solicitudes, y que se encuentren en la situación que fundamente la concesión de las Ayudas, siempre que cumplan los requisitos establecidos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

➡️ En los casos de proyectos en los que participe más de una persona, es obligatorio que el requisito de edad lo cumplan tanto las personas beneficiarias como todas las colaboradoras en el mismo (únicamente podrá exceptuarse este requisito cuando por exigencia del texto teatral se requiera).

🚫 Las personas beneficiarias de Ayudas Injuve para la Creación Joven en anteriores convocatorias no podrán solicitar la Ayuda para proyectos que se encuadren dentro de la misma línea de actuación por la que han sido beneficiarias.


📝 Plazo de solicitud:

Veinte días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el BOE.


ℹ️ Información y solicitudes:

🔗 Consulta en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
📄 Bases de la convocatoria en el BOE (08/04/2025)

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