Trabajo de Fin de Grado y Acreditación de B1

Trabajo de Fin de Grado

Directrices del TFG

En términos generales, el TFG se regirá por lo siguiente:

- Según las directrices de la Universidad de Granada sobre el desarrollo de la materia “Trabajo de Fin de Grado” y el documento Verifica del Grado de Relaciones Laborales y Recursos Humanos, el alumno podrá matricularse del TFG si tiene superados al menos, 60 créditos ECTS de carácter formación básica y 108 créditos ECTS de carácter Obligatorio, en los que se deberán incluir todas las materias de primer curso y básicas. Ello le dará derecho a dos convocatorias de evaluación y a la asignación de un tutor.

- El Consejo de Gobierno de la UGR aprobó la Normativa para la creación, modificación, suspensión temporal o definitiva y gestión de títulos de Grado en la Universidad de Granada que regula, entre otros, la gestión académica del Trabajo Fin de Grado en la Universidad de Granada

- La calificación del TFG no se podrá incorporar al expediente académico del estudiante hasta que no haya aprobado el resto de los créditos de la titulación.

- En el momento de matricular el TFG, el estudiante deberá matricular el total de los créditos que le falten para finalizar el Grado.

- El comité evaluador asignado a un alumno, en ningún caso estará compuesto por el tutor del mismo.

- El Centro podrá modificar su oferta de trabajos y tutores en función de la demanda prevista para cada curso académico.

- El Reconocimiento como encargo docente al profesorado de regirá según el Plan de Ordenación Docente de cada curso académico.

GUÍA PARA ELABORACIÓN Y PRESENTACIÓN DEL TFG

vicerrectorado Puede consultar la normativa e instrumentos de evaluación generales de la Universidad de Granada aquí.

Consulta efectuada a la Dirección General de Política Universitaria sobre la matriculación del TFG de alumnos estudiantes de Erasmus o Séneca en su Universidad de origen , para realizarlo en la Universidad de destino aquí

Acreditación B1

El procedimiento para el reconocimiento de la acreditación de lengua extranjera en los estudios de Grado de la Universidad de Granada (Aprobado por el Consejo de Gobierno en su sesión de 15 de octubre de 2013)puede ser consultado aquí.

Breve Descripción del Procedimiento

El procedimiento se inicia cuando el estudiante presenta la solicitud de forma telemática a través del portal de administración electrónica de la Universidad de Granada, adjuntando a la misma copia en formato pdf del título que pretende acreditar. Una vez recibida la solicitud en la secretaria del centro donde el estudiante cursado sus estudios, el Centro verifica la autenticidad de la acreditación y la existencia del informe preceptivo emitido por la Comisión de Acreditación Lingüística. En caso de que exista informe previo se solicitará la emisión del mismo. El Decano del centro resolverá si es procedente o no la acreditación solicitada.

Plazo de solicitud

No tiene.

Cómo lo puede solicitar el usuario

• ÚNICAMENTE MEDIANTE SOLICITUD TELEMÁTICA: a través del Portal de Administración Electrónica: https://sede.ugr.es/sede/. CATÁLOGO DE PROCEDIMIENTOS.

• IDENTIFICACIÓN: DNI SIN LETRA Y PIN (EL QUE USAS EN ACCESO IDENTIFICADO)

Documentación que hay que adjuntar a la solicitud telemática

Certificado o Diploma acreditativo de poseer la competencia lingüística.

Requiere abono de Tasas

No.

ENLACES DE INTERÉS/ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

• Enlace directo a la página https://sede.ugr.es/sede/catalogo-de-procedimientos/index.html

Dentro de esta página el alumno puede acceder a MIS PROCEDIMIENTOS, para poder consultar el estado de tramitación de cualquier solicitud realizada a través del portal electrónico.

• Enlace directo al procedimiento https://sede.ugr.es/sede/catalogo-de-procedimientos/gestion-academica-certificacion-idioma-a-grado.html