Guía docente de Derecho de la Información y de la Comunicación (2271113)

Curso 2023/2024
Fecha de aprobación:
Departamento de Derecho Administrativo: 30/05/2023
Departamento de Derecho Constitucional: 12/06/2023

Grado

Grado en Comunicación Audiovisual

Rama

Ciencias Sociales y Jurídicas

Módulo

Formación Básica

Materia

Derecho

Curso

1

Semestre

1

Créditos

6

Tipo

Troncal

Profesorado

Teórico

  • María Carolina Hita Fernández. Grupo: A
  • Ramón Orza Linares. Grupo: A
  • Jesusa Vega Pérez. Grupo: A

Tutorías

María Carolina Hita Fernández

Email
No hay tutorías asignadas para el curso académico.

Ramón Orza Linares

Email
  • Primer semestre
    • Lunes
      • 11:00 a 15:00
      • 18:00 a 20:00
  • Segundo semestre
    • Lunes
      • 10:00 a 14:00
      • 20:00 a 22:00

Jesusa Vega Pérez

Email
No hay tutorías asignadas para el curso académico.

Prerrequisitos y/o Recomendaciones

No procede.

Breve descripción de contenidos (Según memoria de verificación del Grado)

  • Legislación básica en información y comunicación audiovisual
  • Comunicación y derechos individuales
  • Ética y deontología profesional
  • Derechos de antena
  • Propiedad intelectual

Competencias

Competencias generales

  • CG01. Conocer teorías, métodos y problemas de la comunicación audiovisual y sus lenguajes que sirvan de soporte para su actividad, en función de los requerimientos fijados como conocimiento disciplinares y competencias profesionales. 
  • CG02. Usar adecuadamente herramientas tecnológicas en las diferentes fases del proceso audiovisual para que los alumnos se expresen a través de imágenes o discursos audiovisuales con la calidad técnica imprescindible. 
  • CG03. Exponer de forma adecuada los resultados de la investigación de manera oral o por medios audiovisuales o informáticos conforme a los cánones de las disciplinas de la comunicación. 
  • CG06. Ser capaz de percibir críticamente el nuevo paisaje visual y auditivo que ofrece el universo comunicativo que nos rodea, considerando los mensajes icónicos como fruto de una sociedad determinada, producto de las condiciones sociopolíticas y culturales de una época histórica determinada. 
  • CG07. Estar en condiciones de desarrollar la capacidad intelectual que permita al alumnado reflexionar sobre la comunicación no sólo como práctica profesional, sino también a propósito de su papel, trascendencia, proyección y consecuencias en los terrenos individual, social, cultural y político.  
  • CG08. Ser capaz de analizar la comunicación social desde el respeto solidario por las diferentes pueblos de la sociedad contemporánea y conocimiento de las grandes corrientes culturales en relación con los valores individuales y colectivos y el respeto por los derechos humanos. 

Competencias específicas

  • CE28. Conocer del ordenamiento jurídico de la información y de la comunicación, que establece el marco para el ejercicio profesional. 
  • CE29. Conocer la ética y de la deontología que afectan tanto a la práctica profesional como a los límites de la libertad de expresión y a la conducta ética que debe presidir el quehacer de las personas dedicadas a la información y a la comunicación con arreglo al compromiso cívico derivado de la comunicación social como bien público. 

Competencias Transversales

  • CT02. Poseer conocimientos fundamentales de las Ciencias Sociales. 
  • CT03. Poseer conocimientos básicos del entorno económico, político, social y cultural que capacite al alumnado para interactuar con la sociedad. 
  • CT04. Demostrar capacidad y habilidad para evaluar una situación y definir adecuadamente un problema o necesidad comunicativa desde la perspectiva de las Ciencias Sociales. 
  • CT05. Ser capaz de utilizar los principios y valores constitucionales como herramientas de trabajo en el desempeño de actividades comunicativas.  
  • CT06. Conocer el estado del mundo y de su evolución reciente, así como de la comprensión de sus parámetros básicos políticos, económicos y culturales. 
  • CT07. Tener capacidad y habilidad para interrelacionar factores históricos, políticos, culturales y económicos, así como sus conexiones con otras áreas de conocimiento. 

Resultados de aprendizaje (Objetivos)

  • Fomentar la capacidad crítica, analítica y reflexiva en relación al hecho audiovisual, con un conocimiento teórico, técnico y estético de las formas, procesos y tendencias de la comunicación visual de nuestro entorno.
  • Adquirir un conocimiento básico y generalista de los principales acontecimientos y mensajes que configuran el panorama actual de los medios audiovisuales, de las representaciones icónicas y acústicas y de su evolución. La dimensión espacial de este conocimiento es fundamental en la medida que contribuye a desarrollar la diversidad disciplinaria y la variedad de funciones de la comunicación audiovisual en las sociedades contemporáneas.
  • Proporcionar un conocimiento exhaustivo de las técnicas, tecnologías y procesos de creación y difusión audiovisuales en sus diversas fases, así como las interrelaciones entre los sujetos (agentes) de la comunicación audiovisual: autores, instituciones, empresas, medios, soportes y receptores.
  • Conocer las metodologías y conceptos aplicables en las diferentes ramas de investigación, desarrollo e innovación de la comunicación audiovisual y los futuros entornos tecnológicos.
  • Ser capaz de expresarse con corrección, claridad y coherencia en las lenguas propias de su comunidad, así como tener conocimiento de otros idiomas, en particular el inglés, para comunicarse en su ejercicio profesional.

Programa de contenidos teóricos y prácticos

Teórico

  1. INTRODUCCIÓN AL DERECHO PÚBLICO Y DE LA ADMINISTRACIÓN
    1. Administración Pública y Derecho Administrativo. Las fuentes en el Derecho Administrativo.
    2. Organización administrativa. La pluralidad de Administraciones Públicas.
    3. Actividad administrativa y procedimiento administrativo.
    4. Organización e intervención de la Administración pública sobre el sector audiovisual.
  2. LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA COMUNICACIÓN Y SUS LÍMITES
    1. La regulación constitucional del derecho a la información.
      1. La libertad de expresión.
      2. El derecho a la información
      3. El derecho a recibir libremente información veraz.
      4. El derecho a crear medios de comunicación.
    2. La obtención legítima de la información y los requisitos de la información.
      1. El ejercicio legítimo del derecho a obtener información.
      2. Los límites a la obtención de la información (secretos oficiales, secreto de las comunicaciones y secreto del sumario).
      3. Los requisitos constitucionales del ejercicio legítimo del derecho a la información (veracidad y relevancia pública).
    3. Los límites de la libertad de información y conflictos con otros derechos constitucionales.
      1. Los límites a la libertad de información.
      2. Derechos al honor, la intimidad y a la propia imagen.
      3. La protección de la juventud y de la infancia.
  3. LOS SUJETOS EN LA COMUNICACIÓN E INFORMACIÓN
    1. El concepto de periodista.
    2. La protección constitucional de la información: el secreto profesional y la cláusula de conciencia.
    3. La prohibición de la censura previa y los requisitos para el secuestro de publicaciones.
  4. LA PROTECCIÓN Y TUTELA DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA COMUNICACIÓN (I)
    1. Tutela civil, penal y administrativa.
    2. El derecho de rectificación.
    3. La tutela internacional de estos derechos.
  5. PROTECCIÓN Y TUTELA DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA COMUNICACIÓN (II)
    1. Protección y tutela administrativa de los derechos fundamentales de la comunicación. Marco general. Dos supuestos a modo de ejemplo: el derecho de acceso a la información pública y el horario protegido del menor.
    2. Régimen jurídico de la protección de la propiedad intelectual.
    3. Régimen jurídico de la protección de datos.
  6. EL CINE
    1. El cine como valor cultural a proteger y estimular a través de las políticas públicas en el entorno nacional y comunitario.
    2. La obra audiovisual y la protección del patrimonio cinematográfico y audiovisual.
    3. El régimen de ayudas públicas y los requisitos para ser beneficiario.
    4. Las medidas de fomento a la producción, distribución y exhibición de las obras cinematográficas y audiovisuales. La regulación de la cuota de pantalla del cine comunitario. Otras ayudas previstas en la Ley del Cine. Las medidas de fomento en la LGCA.

El Departamento de DERECHO ADMINISTRATIVO impartirá las lecciones I, V y VI; y el Departamento de DERECHO CONSTITUCIONAL las lecciones II, III y IV.

Práctico

Seminarios/Talleres

  • Seminarios con la presencia de invitados (especialistas, funcionarios y operadores del sector audiovisual) en torno a los derechos de propiedad intelectual, la transparencia o la cinematografía.

Prácticas de Laboratorio

  • Fuentes del Derecho. Aplicación de los principios de jerarquía normativa y competencia.
  • Administraciones públicas. Análisis de la estructura, organización y funciones de la Administración pública estatal, autonómica y local en materia de comunicación audiovisual.
  • El procedimiento administrativo. Redacción de escritos y/o recursos. Análisis de resoluciones de la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia, el Consejo Audiovisual de Andalucía, la Agencia Española de Protección de Datos o el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno.
  • Protección y análisis de los derechos fundamentales en los medios audiovisuales. Análisis de sentencias de Tribunales ordinarios y del Tribunal Constitucional.
  • Comentarios sobre debates sociales y jurídicos en torno a temas polémicos de los medios de comunicación.

Bibliografía

Bibliografía fundamental

Manual recomendado para el estudio de la asignatura

  • Torres López, M. A., Souvirón Morenilla, J.M. y Rozados Oliva, M.J. (Dirs.): Elementos para el estudio del Derecho de la Comunicación, Tecnos, Madrid, última edición.

Bibliografía complementaria

Derecho Administrativo

  • Arana García, E., Castillo Blanco, F.A., Torres López, M.A. y Villalba Pérez, F. (Dirs.): Conceptos para el estudio del Derecho Administrativo I/II en el Grado, Tecnos, Madrid, 2 volúmenes, última edición.
  • Bermejo Vera, J. et al.: Derecho Administrativo. Parte General, Civitas, Madrid, última edición.
  • Cosculluela Montaner, L.: Manual de Derecho Administrativo, Thomson-Civitas, Madrid, última edición.

Derecho Constitucional

  • Balaguer Callejón, F. y otros.: Derecho Constitucional, Tecnos, Madrid, última edición.
  • Diez-Picazo Jiménez. L. Mª.: Constitucionalismo de la Unión Europea, Civitas, Madrid, 2002.
  • Garrido Falla, F. y otros: Comentarios a la Constitución, Civitas, Madrid, 1985.
  • Gómez Sánchez, Y.: Introducción al régimen constitucional español, Ed. Sanz y Torres, Madrid, 2000.
  • Rubio Llorente, F. y otros: Derechos Fundamentales y principios constitucionales (Doctrina jurisprudencial), Ariel, Barcelona, 1995.
  • Torres del Moral, A.: Principios de Derecho Constitucional español. 2 Vols., Universidad Complutense, Madrid, última edición.

Derecho a la información

  • Azurmendi, A.: Derecho de la información: Guía jurídica para profesionales de la información, Eunsa, Pamplona, 2001.
  • Boix Palop, A. y López García, G. (Eds.): La autoría en la era digital: industria, cultura y medios de comunicación, Tirant lo Blanch, Valencia, 2006.
  • Boix Palop, A. y Vidal Beltrán, J.Mª (Coords.): La nueva regulación del audiovisual, Aranzadi-Thomson Reuters, Cizur Menor (Navarra), 2014.
  • Bombillar Sáenz, F.M.: «Protección y tutela de los derechos fundamentales del menor como sujeto activo y pasivo de los contenidos audiovisuales», Desafíos de la protección de menores en la sociedad digital. Internet, redes sociales y comunicación (Dir. F.J. Durán Ruiz), Tirant lo Blanch, Valencia, 2018, pp. 255-307.
    • Coord. del monográfico: «Comunicación y sociedad digital. El derecho en las fronteras de la ciencia y tecnología», Revista de la Escuela Jacobea de Posgrado, núm. 12, 2017, online en la URL: https://www.jacobea.edu.mx/revista/numero12.php
  • Carmona Salgado, C.: Calumnias, injurias y otros atentados al honor. Perspectiva doctrinal y jurisprudencial, Tirant lo Blanch, Valencia, 2012.
  • Chinchilla, C. y Azpitarte, M. (Coord.): Estudios sobre la Ley General de la Comunicación Audiovisual, Garrigues/Thomson Reuters-Aranzadi, Cizur Menor (Navarra), 2011.
  • Cousido González, M P.: Derecho de la comunicación (3 vols.), Colex, Madrid, 2001.
  • Desantes Guanter, J.M.: Derecho a la información: materiales para un sistema de la comunicación, Fundación COSO, Valencia, 2004.
  • Escobar de la Serna, L.: Manual de Derecho de la Información, Dykinson, Madrid, última edición.
  • Gómez Bermúdez, J. y Beni Uzábal, E.: Levantando el velo. Manual de Periodismo Judicial, Editorial Cie Dossat, Madrid, 2006.
  • Guichot Reina, E. (Coord.): Derecho de la comunicación, Iustel, Madrid, última edición.
    • (Coord.): Transparencia, Acceso a la información pública y buen gobierno. Estudio de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, Tecnos, Madrid, 2014.
  • Linde Paniagua, E. y Vidal Beltrán, J. Mª: Derecho audiovisual, COLEX, Madrid, última edición.
  • López Bustos, F.L.: «El peligro de que CEDRO se convierta en otra SGAE», en Libro Homenaje al Prof. Dr. Rafael Barranco Vela (Dirs. E. Arana García y F. Balaguer Callejón), Thomson-Civitas, Cizur Menor (Navarra), 2014, Vol. I, pp. 1107 y ss.
  • Martínez Otero, J.Mª: La protección jurídica de los menores en el entorno audiovisual: respuestas desde el Derecho a los desafíos de los nuevos medios audiovisuales y digitales, Aranzadi, Navarra, 2013.
    • «El ejercicio de la potestad sancionadora de la administración para proteger a los menores en el ámbito audiovisual: Análisis de las sanciones impuestas por la CNMC en sus primeros cinco años de existencia», Revista Española de Derecho Administrativo, núm. 196, 2019, pp. 223-268.
    • El Ejercicio de la Potestad Sancionadora de la Administración en el Ámbito Audiovisual, Tirant lo Blanch, Valencia, 2021.
  • Orza Linares, R. M: «Derechos Fundamentales e internet: nuevos problemas, nuevos retos», Revista de Derecho Constitucional Europeo, n.º 18 (2012). También se puede consultar en línea; http://www.ugr.es/~redce/REDCE18/articulos/10_ORZA.htm
    • «El derecho a la información en un proceso con todas las garantías», Los Derechos Humanos. Libro-Homenaje al Excmo. Sr. D. Luis Portero, editado por el Servicio de Publicaciones de la Universidad de Granada, Granada, 2001, pp. 743-774.
    • «El derecho al olvido en internet: algunos intentos para su regulación legal», en Libertad de expresión e información en Internet (Coords. L. Corredoira y L. Cotino), Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, Madrid, 2013, pp. 475-500.
  • Pérez Conchillo, E.: Intimidad y difusión de sexting no consentido, Tirant lo Blanch, Valencia, 2018.
  • Presno Linera, M.Á. y Teruel Lozano, G.: La libertad de expresión en América y Europa, Juruá Editora, 2017.
  • Ramírez Jiménez, M. (PRES.): El derecho a la información: teoría y práctica, Pórtico Libros, Zaragoza, 1995.
  • Recuerda Girela, M.Á. y Bombillar Sáenz, F.M.: «El nuevo régimen sancionador en la comunicación audiovisual», Noticias de la Unión Europea, núm. 329, 2012 (Ejemplar dedicado a: Comunicación audiovisual), pp. 155-166.
  • Ronda, J. y Calero, J.M.: Manual de periodismo judicial, Grupo de Investigación en Estructura, Historia y Contenidos de la Comunicación (Universidad de Sevilla), Sevilla, 2000.
  • Sierrra, S. de la: Derecho del cine: Administración cultural y mercado, Iustel, Madrid, 2010.
  • Souvirón Morenilla, J.M.: Derecho Público de los Medios Audiovisuales: radiodifusión y televisión, Comares, Granada, 1999.
  • Teruel Lozano, G.: La lucha del derecho contra el negacionismo: una peligrosa frontera: Estudio constitucional de los límites penales de la libertad de expresión en un ordenamiento abierto y personalista, Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, Madrid, 2016.
  • Urías, J.: Lecciones de Derecho de la Información, Tecnos, Madrid, 2003.

Colecciones legislativas

  • Legislación general. Roca, E. y Roca, M.L.: Normas administrativas básicas, Tecnos, Madrid, 2008.
  • Leyes políticas. Balaguer, F. y Cámara, G.: Constitución española y Estatuto de Andalucía, Tecnos, Madrid, 2007. Balaguer, F. (coord.): Código de Derecho Constitucional y Autonómico. Madrid, Tecnos, últ. ed.
  • Legislación autonómica. Porras, J.A.: Legislación de la Comunidad Autónoma de Andalucía, IAAP, Sevilla, 2000-4.
  • Legislación local. Barranco, R.: Régimen jurídico de los Entes locales de Andalucía, IAAP, Sevilla, 2002.
  • Legislación de Comunicación Audiovisual. Linde Paniagua, E.: Código Básico de Derecho Audiovisual, Colex, Madrid, 2009.

Nota: También pueden consultarse numerosos recursos en Internet. Concretamente, se puede acceder a una completa colección de Constituciones hispanoamericanas en http://bib.cervantesvirtual.com/portal/Constituciones/. Por lo que se refiere a legislación, la página web del Boletín Oficial del Estado es de consulta obligada: http://www.boe.es/. Y en Andalucía, el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, en http://www.juntadeandalucia.es/boja/boletines/. Mucha información sobre la Unión Europea, incluyendo su Diario Oficial, puede localizarse en http://www.cde.ua.es/

Asimismo, las principales instituciones del Estado (Gobierno, Congreso, Senado, Defensor del Pueblo, etc.) tienen también información relevante en Internet. Por nuestra parte, debemos destacar la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, que se puede consultar en http://www.tribunalconstitucional.es/ y la jurisprudencia del Tribunal Supremo y la Audiencia Nacional en http://www.poderjudicial.es/

Normativa básica

Parte general

  • Constitución Española
  • Estatuto de Autonomía de Andalucía.
  • Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional.
  • Ley 62/1978, de 26 de diciembre, de protección jurisdiccional de los derechos fundamentales de la persona.
  • Ley 50/1997, de 27 de noviembre, de Organización, Competencia y Funcionamiento del Gobierno.
  • Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común.
  • Ley 40/2015, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas.

Parte especial

  • Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, sobre protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y al a propia imagen.
  • Ley Orgánica 2/1984, de 26 de marzo, reguladora del derecho de rectificación.
  • Ley Orgánica 2/1997, de 19 de junio, reguladora de la cláusula de conciencia de los profesionales de la información.
  • Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
  • Ley 34/1988, de 11 de noviembre, General de Publicidad.
  • Ley 17/2006, de 5 de junio, de la radio y la televisión de titularidad estatal.
  • Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente (incorpora las Directivas 2003/4/CE y 2003/35/CE).Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
  • Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine.
  • Ley 8/2009, de 28 de agosto, de financiación de la Corporación de Radio y Televisión Española.
  • Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de la Comunicación Audiovisual.
  • Ley 9/2014, de 9 de mayo, de Telecomunicaciones.
  • Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, regularizando, aclarando y armonizando las disposiciones legales vigentes sobre la materia.
  • Ley 1/2004, de 17 de diciembre, de creación del Consejo Audiovisual de Andalucía.
  • Ley 29/2005, de 29 de diciembre, de Publicidad y Comunicación Institucional.
  • Ley 18/2007, de 17 de diciembre, de la radio y televisión de titularidad autonómica gestionada por la Agencia Pública Empresarial de la Radio y Televisión de Andalucía (RTVA).
  • Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía.
  • Ley 10/2018, de 9 de octubre, audiovisual de Andalucía.

Enlaces recomendados

Todas estas bases de datos jurídicas pueden ser consultadas a través de la biblioteca de la UGR: http://biblioteca.ugr.es/

Las bases de datos jurídicas que necesiten autentificación, pueden ser consultadas a través de cualquier ordenador conectado a la red informática de la Universidad (bien por fibra óptica, a través de los ordenadores de los laboratorios y de la biblioteca, de cualquier centro de la Universidad, o a través de la red wifi de la Universidad). También se puede acceder a través de la red privada virtual de la UGR. La información para conectarse a través de VPN se puede consultar en la página web del Centro de Servicios de Informática y Redes de Comunicaciones de la Universidad: https://csirc.ugr.es/informatica/RedUGR/VPN/ConfVPNSSL/

En todo caso será requisito imprescindible contar una cuenta de correo electrónica institucional de la UGR (para los alumnos es de la forma XXX@correo.ugr.es, debiendo sustituir XXX por el nombre correspondiente)

Para la gestión de la documentación, suministro de materiales, información, convocatorias y tutoría virtual se utilizará la plataforma PRADO. https://prado.ugr.es/

La información se encontrará igualmente en la página web del Departamento de Derecho Administrativo: http://derad.ugr.es/ y en la del Departamento de Derecho Constitucional: http://constitucional.ugr.es/

Para estar al día de las novedades normativas y jurisprudenciales, nacionales e internacionales, en el campo de los medios de comunicación, recomendamos la consulta de la web: MEDIALAWS (Law & Policy of the Media in a Comparative Perspective): http://www.medialaws.eu/

Se recomienda también la consulta de la web de la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia: https://www.cnmc.es/

Metodología docente

  • MD01. Lección magistral (expositiva) 
  • MD02. Resolución de problemas y estudio de casos prácticos 
  • MD03. Prácticas de laboratorio 
  • MD05. Seminarios 
  • MD06. Trabajos individuales o en grupo 
  • MD07. Análisis de fuentes y documentos 

Evaluación (instrumentos de evaluación, criterios de evaluación y porcentaje sobre la calificación final)

Evaluación ordinaria

Evaluación conjunta

La nota final de la asignatura será la resultante de la media entre ambas partes (la impartida por el Departamento de Derecho Constitucional y la impartida por el Departamento de Derecho Administrativo), debiéndose aprobar cada una de ellas para poder superar la asignatura en su conjunto.

Cada uno de los módulos que componen esta asignatura (Derecho Constitucional y Derecho Administrativo) se ajustará en su evaluación a las directrices que se marcan a continuación. La evaluación de la asignatura en el régimen de evaluación continua se compone de dos partes:

  1. Actividades complementarias realizadas durante el curso (prácticas, trabajos asociados a seminarios, actividades on-line, pruebas, etc.), que representan el 30 % de la calificación.
  2. Examen Final presencial de la asignatura, que representa el 70 % de la calificación, cuya superación es requisito para poder aprobar la asignatura. El Examen podrá revestir diversas modalidades a discreción de los docentes implicados (examen de desarrollo escrito, oral, cuestionario, etc, o varias modalidades combinadas), debiendo especificarse la misma durante el curso y, en todo caso, en la convocatoria del propio examen. En caso de existir diversos grupos en esta misma asignatura, será obligado que el examen sea común en todos ellos, tanto en forma como en contenido.

Calificaciones

La calificación de las actividades complementarias será llevada a cabo por el docente responsable y habrá de ser expresada numéricamente entre 0 y 10.

La calificación del Examen Final será llevada a cabo por el docente responsable y habrá de ser expresada numéricamente entre 0 y 10.

La calificación global se llevará a cabo de la siguiente manera:

  • Se practicará media ponderada de ambas partes: actividades complementarias al 30% y calificación del examen al 70%.
  • Para poder practicar dichas medias, será necesario haber obtenido como mínimo un 5/10 en el examen final. En caso contrario, la calificación global definitiva del estudiante será la obtenida en dicho examen, quedando suspenso.
  • Excepcionalmente, a criterio del docente y en función de la solvencia del resultado obtenido en el apartado de Actividades complementarias por el estudiante, será posible practicar la media entre ambas partes cuando los resultados del examen hayan alcanzado, como mínimo, un 4/10, no siendo posible practicar la media nunca con una calificación inferior.

Publicación de las calificaciones

  • Es recomendable que, con carácter previo a la celebración del Examen Final, cada Docente proceda a publicar la calificación obtenida por los estudiantes en el apartado de Actividades Complementarias.
  • Con posterioridad a la celebración del Examen final el Docente responsable de cada grupo publicará la calificación obtenida en el mismo expresada sobre 10, así como la calificación global. Tras el período de revisión, conforme a lo establecido en la Normativa de Evaluación y Calificación de los Estudiantes de la Universidad de Granada, cada Docente responsable de grupo elevará las calificaciones a definitivas en la correspondiente Acta.

Revisión de exámenes

La eventual revisión de los exámenes será convocada y operada por el/la docente responsable de cada grupo dentro de los plazos y condiciones exigidas por la normativa de la Universidad de Granada.

Incidencias

En relación con la eventual celebración de Exámenes de incidencias en el marco de las asignaturas sometidas al régimen de Examen Final, deberá ajustarse en su solicitud tanto a la Normativa de Evaluación y Calificación de los Estudiantes de la Universidad de Granada como al procedimiento previsto al efecto por el Departamento.

Evaluación extraordinaria

En la Convocatoria Extraordinaria, la evaluación se realiza a través de un solo Examen en el que se valoran las dos partes de la asignatura:

  • Examen Final, bajo alguna de las modalidades descritas anteriormente para la evaluación continua y con los mismos criterios (70%).
  • Caso práctico o examen con preguntas de corte práctico (30 % de la calificación), destinado a facilitar la evaluación de las competencias procedimentales o experimentales que corresponden a la faceta práctica de la asignatura.

La superación del Examen en la convocatoria extraordinaria se rige por los mismos criterios establecidos para la convocatoria ordinaria. En caso de que la evaluación de las actividades complementarias durante el curso haya obtenido una calificación igual o superior al 5/10, dicha evaluación podrá mantenerse en esta convocatoria extraordinaria y sustituir a la correspondiente al caso práctico del examen.

Evaluación única final

  • Según el Artículo 8 de la Normativa de Evaluación y de Calificaciones de los Estudiantes de la Universidad de Granada, aprobada por Consejo de Gobierno en su sesión extraordinaria de 20 de mayo de 2013, el alumno que así lo solicite tendrá derecho a una "evaluación única final", entendiendo por tal la que se realiza en un solo acto académico, que podrá incluir cuantas pruebas sean necesarias para acreditar que el estudiante ha adquirido la totalidad de las competencias descritas en la Guía Docente de la asignatura. Para acogerse a la evaluación única final, el estudiante, en las dos primeras semanas de impartición de la asignatura, lo solicitará al Director del Departamento, quienes darán traslado al profesorado correspondiente, alegando y acreditando las razones que le asisten para no poder seguir el sistema de evaluación continua.
  • El/la estudiante podrá acogerse a la evaluación única final de la asignatura en las dos primeras semanas de impartición de ésta, mediante solicitud al Director del Departamento. La prueba de evaluación única final tendrá un desarrollo y características similares a las propias de convocatorias extraordinarias de la asignatura. Estará compuesta por un solo acto académico integrado por las pruebas indicadas (test, preguntas de desarrollo y caso o casos prácticos) y atenderá a las normas de calificación anteriormente expuestas.

Información adicional

  • Los estudiantes deben consultar la página Web de ambos Departamentos para la actualización de los datos relacionados con la docencia y especialmente los apartados de Horario de tutoría de los profesores, Procedimiento de petición de evaluación única final y otros apartados que el profesor indique, así como la plataforma de docencia PRADO 2.
  • En relación con otros aspectos que pueden afectar al desarrollo y evaluación de la presente asignatura se remite al alumnado a la información que se ofrezca mediante avisos puntuales en la página web oficial de ambos Departamentos (https://derad.ugr.es y http://constitucional.ugr.es), y especialmente a la documentación publicada en sus apartados de docencia e información del alumnado.
  • Consúltese además la Normativa de evaluación y calificación de los estudiantes de la Universidad de Granada http://secretariageneral.ugr.es/bougr/pages/bougr112/doc/examenes/!

Información sobre el plagio (artículo 15 de la Normativa de Evaluación y de Calificación de los Estudiantes de la Universidad de Granada).

  • 1. La Universidad de Granada fomentará el respeto a la propiedad intelectual y transmitirá a los estudiantes que el plagio es una práctica contraria a los principios que rigen la formación universitaria. Para ello procederá a reconocer la autoría de los trabajos y su protección de acuerdo con la propiedad intelectual según establezca la legislación vigente.
  • 2. El plagio, entendido como la presentación de un trabajo u obra hecho por otra persona como propio o la copia de textos sin citar su procedencia y dándolos como de elaboración propia, conllevará automáticamente la calificación numérica de cero en la asignatura en la que se hubiera detectado, independientemente del resto de las calificaciones que el estudiante hubiera obtenido. Esta consecuencia debe entenderse sin perjuicio de las responsabilidades disciplinarias en las que pudieran incurrir los estudiantes que plagien.
  • 3. Los trabajos y materiales entregados por parte de los estudiantes tendrán que ir firmados con una declaración explícita en la que se asume la originalidad del trabajo, entendida en el sentido de que no ha utilizado fuentes sin citarlas debidamente.